Procedimiento de acceso a la Red de Transmisión Regional
La gestión de acceso a la Red de Transmisión Regional (RTR) debe realizarse de conformidad a lo establecido en el Capítulo 4 del Libro III del RMER. A través del siguiente enlace puede acceder al procedimiento de acceso a la RTR que forma parte del RMER.
La Comisión Regional de Interconexión Eléctrica, entidad reguladora del MER, es el organismo responsable de la Autorización de las solicitudes de acceso a la RTR.
Estudios técnicos de la solicitud de conexión a la RTR
El Ente Operador Regional (EOR) a instrucción de la CRIE, es responsable de evaluar los estudios técnicos de la solicitud de conexión a la RTR que presentan los agentes iniciadores. Esta evaluación se realiza en consulta con el Operador de Sistema y de Mercado (OS/OM) del país donde se conectará el proyecto, así como el agente transmisor propietario de las instalaciones donde requiere conectarse el nuevo proyecto.
Los estudios técnicos que debe presentar el agente iniciador como parte de la solicitud de conexión a la RTR deben realizarse utilizando la Base de Datos Regional y cumpliendo con las premisas técnicas que le proporcionará el EOR.
En el siguiente enlace puede descargar las instrucciones y requisitos a presentar al EOR para solicita la Base de Datos Regional y la premisas técnicas.